Caídas en la vía pública o en establecimientos comerciales
Las lesiones sufridas en establecimientos comerciales (comercios, cafeterías, restaurantes, centros comerciales, cines, etc.) como consecuencia del mal estado de sus instalaciones o de sus servicios (resbalones por agua en el suelo, tropiezos por escalones no señalizados, etc.), originan una responsabilidad civil en la que incurre el local comercial, así como el derecho del perjudicado a reclamar una indemnización por los referidos daños y perjuicios.
Las lesiones causadas por caídas en las vías públicas (calles, parques, paseos, etc..) por el mal estado de baldosas, escaleras, mobiliario urbano o por cualquier otro funcionamiento anormal de la vía pública producirán igualmente responsabilidad patrimonial de la administración y el ciudadano perjudicado tendrá derecho a reclamar al Ayuntamiento correspondiente y percibir una indemnización por las lesiones sufridas.
En estos casos es muy importante contar con fotos de la causa del accidente (una mancha resbaladiza, un socavón, un bolardo mal colocado, etc.), así como de datos de testigos que hayan presenciado el accidente. Asimismo, también es importante, en la medida en que se pueda, solicitar la presencia de la policía local así como pedir asistencia sanitaria desde el mismo lugar del accidente.
Por regla general, tanto los establecimientos comerciales como los ayuntamientos, suelen estar respaldados por un seguro de responsabilidad civil para cubrir los supuestos de reclamación por las lesiones derivadas de caídas en los establecimientos o en la vía pública que se hayan originado por mal estado o funcionamiento de sus instalaciones.