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Divorcio e Hipoteca, una cuestión importante a tener en cuenta
- 8 de septiembre de 2016
- Por Manuel González
- Familia
Es frecuente que las parejas cuando están en trámites de divorcio presten mucha atención al tema de la vivienda y, sin embargo, se olviden de la hipoteca. Así, pueden pactar que uno de ellos se quede con la vivienda o que se le atribuya simplemente su uso pero que, a cambio, se haga cargo del pago de lo que resta de la hipoteca. Pero, ¿es esto suficiente?
Lo primero que tenemos que tener claro es que con independencia de lo que pacten los miembros de la pareja sobre la propiedad o el uso de la vivienda, o sobre quién asume el pago de la hipoteca, dichos pactos no afectarán al préstamo hipotecario en sí. Es decir, esos pactos entre las partes serán perfectamente válidos entre ellos, pero no afectarán al banco.
Si el préstamo hipotecario lo firmaron los dos, ambos responderán ante la entidad bancaria en caso de impago y lo harán solidariamente (el banco podrá reclamar el pago de la totalidad a cualquiera de ellos). La entidad financiera no se verá afectada por lo que hayan pactado las partes respecto a la propiedad o el uso de la vivienda o por lo que diga una sentencia de divorcio al respecto.
Así, para que un miembro de la pareja deje de figurar como titular de la hipoteca será necesario que el banco lo autorice, puesto que va a pasar de tener dos garantes del pago del préstamo hipotecario a solo uno, por lo que es necesario que les interese hacer ese cambio.
En estos casos, la entidad bancaria analizará la solvencia del titular que permanezca en el préstamo y, en función de esta, valorará si acepta sin más perder un garante del pago o bien le exige como contrapartida hacer alguna otra modificación en el préstamo hipotecario: incluir algún avalista y/o cambiar las condiciones de la hipoteca (duración, intereses, etc).
Si finalmente el banco acepta, será necesario acudir a una notaría y suscribir una escritura de novación del préstamo hipotecario, a partir de ese momento el único responsable en caso de impago será el miembro de la pareja que reste como titular de la hipoteca.
Así pues, de no realizar los trámites antedichos de novación del préstamo hipotecario, podemos llevarnos una desagradable sorpresa si nuestra expareja deja de pagar la hipoteca, en ese caso el banco perfectamente podría embargarnos a nosotros la nómina y nuestras propiedades, presentes o futuras. Y aunque nuestra expareja pague regularmente las cuotas del préstamo, al seguir figurando nosotros como deudores, podríamos tener problemas para que nos concedan un nuevo préstamo, por ejemplo.
Por ello, en caso de divorcio, lo que aconsejamos es que se tome alguna de estas medidas:
- Vender y cancelar la hipoteca: Es la opción preferible cuando ninguno de los dos quiere usar la vivienda, no obstante, no deja de ser problemática por la dificultad actual para vender la vivienda o, en aquellos casos en que se adquirió el inmueble en los años del boom inmobiliario, es posible que el valor actual de la vivienda no sea suficiente para cancelar lo que resta de la hipoteca.
- Hacer una novación del préstamo hipotecario: Como ya hemos comentado, se trata de una escritura notarial en la que se modifica el préstamo hipotecario original para, en este caso, retirar a uno de los deudores o, si lo exige el banco, cambiar algunas de las condiciones del préstamo.
- Negociar una nueva hipoteca con otra entidad: El que va a permanecer en la vivienda puede intentar obtener un nuevo préstamo hipotecario por sí mismo que le permita cancelar la anterior hipoteca. Esta opción puede ser interesante cuando las condiciones de mercado de las hipotecas son mejores que las de años atrás. No obstante, hay que tener en cuenta que tanto esta opción como la de llevarse el préstamo hipotecario inicial a otro banco (subrogación de hipoteca), pueden conllevar determinados gastos que pueden ser relevantes (notaría, registro y gestoría, además de una comisión).